¿Existe pensión de viudedad en las parejas de hecho?

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¿Existe pensión de viudedad en las parejas de hecho?

En la actualidad, la pensión de viudedad contempla también a las parejas de hecho, aunque cambian los requisitos y el cálculo en función de la base reguladora.

Las parejas de hecho pueden percibir la pensión de viudedad siempre que cumplan con las condiciones que establece la Seguridad Social. Entre otras, estar dado de alta en el Registro Civil, de manera que la unión sea oficial.

Esto significa que cualquiera de los miembros de la pareja tiene derecho a la pensión a partir del momento del fallecimiento del otro. 

Para solicitar la pensión de viudedad es requisito necesario que el beneficiario presente una documentación específica en las oficinas, o de manera telemática.

Si queda aprobada la solicitud, el superviviente del vínculo recibirá mensualmente una nómina del INSS en su cuenta bancaria.

REQUISITOS PARA COBRAR EL SEGURO DE VIUDEDAD

Para que la Seguridad Social apruebe el derecho a percibir la pensión es necesario cumplir con ciertos puntos.

El requisito principal es que los dos miembros de la pareja deben estar unidos mediante una inscripción en el Registro Civil. En este sentido, contar con este documento les brinda los mismos derechos que un matrimonio.

Esta constancia debe haber sido firmada dos años antes del fallecimiento de uno de los dos.

La Administración va a solicitar los certificados de empadronamiento, tanto del solicitante como del fallecido, a fin de acreditar la convivencia. 

En caso de no contar con este documento que comprueba que vivían juntos, podría ser válido presentar alguna factura de la luz o el agua.

REQUISITOS DEL SUPERVIVIENTE PARA RECIBIR LA PENSION DE VIUDEZ

Cuando la persona superviviente de la pareja de hecho solicita la pensión, tiene que acreditar ciertas condiciones, y demostrar que son reales. 

Los dos primeros requisitos fundamentales son:

Los ingresos no pueden ser superiores al 50% de la suma de los ingresos de la persona que sobrevive y de los del fallecido habidos en el mismo periodo.

Acreditar un periodo mínimo de cotización de 500 días durante los últimos 5 años.

Otra situación posible es que el fallecido no estuviera dado de alta en la Seguridad Social. En este caso, deberá contar al menos con 15 años de cotización.

Si la persona era pensionista, el superviviente pasa a cobrar la pensión de viudedad en forma inmediata, sin contar con los años de cotización.

De igual manera, si la causa del deceso es debido a un accidente laboral o enfermedad profesional.

COMO SE CALCULA LA NOMINA DE LA PENSION DE VIUDEDAD

La cantidad de dinero a percibir de la pensión por viudedades de un 60% de la base reguladora del fallecido.

Este monto puede llegar al 70% si existen menores o hijos discapacitados, como también si es el único ingreso de la unidad familiar.

Para saber cómo se calcula la pensión de viudedad se puede acudir a los trabajadores de la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.

La manera de realizar las cuentas varía en función de si el causante se encontraba en activo con un contrato de empleo en vigor o de baja, si era pensionista o demandante de trabajo.

El valor de la nómina también se modifica tras evaluar las causas de la muerte, sea por contingencia común o profesional. 

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