Pasamos a explicar a continuación algunos conceptos que pueden ser de gran utilidad:
* El testamento solo podrá ser otorgado por los mayores de 14 años.
* Se trata de un acto personalísimo. El testamento solo podrá ser realizado por el testador, no se puede encargar su realización a una tercera persona.
* Existen diferentes tipos de testamento, siendo el más común de ellos el testamento abierto, que es aquel que se otorga ante notario, aunque también podrá otorgarse ante 5 testigos en caso de riesgo inminente de muerte o ante 3 testigos en el caso de epidemia.
El testamento ológrafo es aquel que es redactado por el propio testador, aunque para ser válido debe cumplir determinados requisitos.
También existe el testamento militar, marítimo o aquel que es otorgado en país extranjero.
* ¿Qué es la legítima? Es aquella parte de la herencia de la que el testador no puede disponer porque está reservada para los herederos forzosos que son en primer lugar los hijos y descendientes, y en defecto de estos son los padres y ascendientes.
* ¿Qué es el tercio de libre disposición? Es aquella parte de la herencia de la que el testador puede disponer libremente, y podrá adjudicarla el testador a cualquier tercero sin restricción alguna.
En esta materia existen muchos conceptos importantes que le serán explicados por nuestro equipo gracias al conocimiento experto que tenemos sobre la misma.