¿Hay cambios en la pensión de alimentos durante la Navidad?

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¿Hay cambios en la pensión de alimentos durante la Navidad?

Cuando una pareja con hijos se divorcia, uno de los temas con mayores dudas es cómo se establece la pensión de alimentos de los hijos. 

Desde Abogados Luna Marín te explicamos qué incluye la pensión de alimentos y si existen modificaciones en Navidad. 

LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS EN NAVIDAD: LOS DÍAS FESTIVOS

Las vacaciones de Navidad son días festivos muy importantes para los hijos. 

Por ello, los padres divorciados tienen que tener especial cuidado al momento de organizar estos días. 

Lo ideal es que los progenitores repartan los días de mutuo acuerdo. 

Lo habitual es que se establezca en dos períodos. El primer período incluye Nochebuena y el día de Navidad, y el segundo, Nochevieja y fin de año. 

Aunque esto puede variar dependiendo de los días que acuerden los padres. 

LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS: ¿QUÉ ES?

El concepto de pensión de alimentos o manutención tiene un sentido mucho más amplio que considerar simplemente la comida del día. 

En este sentido, alimento abarca todo aquello que resulta indispensable para el sustento diario propiamente dicho. 

Es decir, la pensión es una contribución a los gastos de alojamiento, vestimenta, alimentación y los gastos cotidianos del día a día.

Cuando la pareja se separa, el progenitor que no tiene la custodia de los hijos debe abonar una pensión por alimentos para participar de su crianza y garantizar que todas sus necesidades queden cubiertas. 

El hecho de que los hijos celebren las fiestas navideñas con el progenitor conviviente, no exime al progenitor no custodio del abono de la pensión por alimentos durante ese mes. 

Lo mismo sucede con las vacaciones escolares. 

Algo a tener en cuenta es que la pensión de alimentos se debe de pagar al progenitor con el que conviven los hijos, no a los hijos. 

Ese dinero debe ser destinado únicamente a los gastos e intereses de los hijos. 

Por otra parte, la pensión de alimentos no se puede dejar de abonarse.

Cualquier circunstancia que llevara a la imposibilidad de pago, deberá ser expuesta ante el Juez para que el mismo determine la reducción o eliminación de la pensión de alimentos. 

LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS EN NAVIDAD: LA CUANTÍA.

La cuantía de la pensión de alimentos depende principalmente de dos situaciones: 

  • Los ingresos de la persona que debe abonar la pensión. 
  • Las necesidades del beneficiario.

La obligación de pago existe porque responde a su condición de necesarios. 

Aunque, si no existe acuerdo entre los padres, será el juez el encargado de determinar la cuantificación como la obligación de pago.

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LA PENSIÓN DE ALIMENTOS DE LOS HIJOS EN NAVIDAD: MODIFICACIONES

Cuando las circunstancias que existían al momento de dictarse la sentencia de divorcio se vean alteradas sustancialmente, podrá llevarse a cabo una modificación de medidas, destinada a exponer los cambios ocurridos y en consecuencia a poder acordar las nuevas medidas que regularán las relaciones entre las partes y la de estos con sus hijos menores. 

La cantidad destinada para alimentos determinada por el juez podrá verse incrementada o disminuida en función de las necesidades del beneficiario y de los nuevos recursos económicos del obligado al pago. 

Esta modificación debe realizarse mediante el procedimiento judicial correspondiente y no será efectivo hasta que recaiga sentencia.

Si los progenitores no llegan a un acuerdo en la modificación de la pensión de alimentos, el progenitor interesado deberá instarla a través de una demanda. 

En este caso, se adjuntarán todos los documentos y pruebas que acrediten el cambio de circunstancias que justifica ese cambio de medidas y solicitará en qué términos deben modificarse las medidas definitivas.

El otro cónyuge recibirá la demanda, quien deberá contestar y cada parte aportará sus pruebas. 

Al finalizar el procedimiento, si el juez considera las nuevas medidas, sustituirán las que inicialmente se acordaron en la sentencia de divorcio. 

LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EN NAVIDAD: QUÉ SUCEDE SI NO SE PAGA

Las cantidades impagas pueden ser reclamadas por vía judicial mediante la interposición de la correspondiente demanda de ejecución.

Ten presente que solo se podrán reclamar por esta vía las cantidades que no se han abonado durante los últimos cinco años atrás desde la interposición de la demanda.

Es importante saber que no cumplir con el pago de la pensión de alimentos puede suponer la comisión por delito de abandono de familia. 

Se considera delito cuando el progenitor, pudiendo pagar la pensión, ha dejado de abonar la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos.

Si tienes problemas con la pensión de alimentos de tus hijos, en Abogados Luna Marín somos profesionales especializados en derecho de familia. 

Estamos para asesorarte.